Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10908/22381
Título : La (no tan) nueva forma de contratación que encontró su auge en la pandemia y necesita regulación
Autor/a: Ibáñez, Guadalupe
Mentor/a: Bericua, Marina
Fecha de publicación : jul-2022
Editor: Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho
Resumen : El COVID-19 y el consecuente confinamiento obligatorio han impactado de manera directa y significativa en la industria del comercio a lo largo y a lo ancho del mapa. El gobierno argentino adoptó durante los años 2020 y 2021 medidas extremadamente restrictivas en cuanto a movilidad y reuniones sociales y, como consecuencia de ello, consumidores y proveedores se vieron obligados a realizar el intercambio de bienes y servicios a través de medios digitales. Ahora bien, el problema al que se avoca este trabajo final de grado es el hecho de que tanto los usuarios/consumidores como los proveedores de la República Argentina se vieron enormemente limitados por las desventajas legales y jurídicas en cuanto a regulación y ordenamiento de la contratación electrónica. El Código Civil y Comercial Argentino receptó el instituto del contrato electrónico pero incorporándolo dentro de las “modalidades especiales” del capítulo de los contratos de consumo y en lo relativo a las normas correspondientes al consentimiento entre ausentes, por ende distintos autores acuerdan en considerar que, entonces, las disposiciones allí incluidas son solo aplicables a los contratos electrónicos de consumo y que, a causa de ello, cualquier otro tipo de contrato electrónico no tendrá un tratamiento específico y, como consecuencia, su validez dependerá de poder demostrar, en el futuro, la prueba del acto jurídico. El presente analiza las normas relevantes para la contratación electrónica, a saber, el Código Civil y Comercial, la Ley de Firma Digital y la Ley de Defensa del Consumidor y, a través de ello, trata de instruir al lector para que reconsidere el paradigma del contrato tradicional como la única manera de contratación segura, manifestando los claros beneficios de la digitalización y la masividad en la sociedad de la información. Consiguientemente analiza los tres pilares que se deberán tener en cuenta a la hora de pensar una futura regulación de la contratación electrónica: identidad, autenticación y consentimiento y hace un análisis de la contratación electrónica en Colombia, España, Estados Unidos y la Comunidad Europea. Por último, la tesis pretende hacer un llamado de atención a los legisladores argentinos, contemplando una interesante propuesta regulatoria de contratación electrónica que brinde seguridad jurídica y, como consecuencia, permita normalizar el uso de los contratos electrónicos en el territorio de la Nación.
Descripción : Fil: Ibáñez, Guadalupe. Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho; Argentina.
URI : http://hdl.handle.net/10908/22381
Aparece en las colecciones: Tesis de Abogacía

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