Valuación de juicios : ¿es preferible litigar o acordar una transacción?

dc.contributor.MentorTolosa, Pamela
dc.creator.AutorAlemany, Fernando Manuel
dc.date.accessioned2019-11-19T14:52:00Z
dc.date.available2019-11-19T14:52:00Z
dc.date.issued2018-11
dc.descriptionFil: Alemany, Fernando Manuel. Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho; Argentina.
dc.description.abstractEl objetivo de este trabajo es determinar si es viable en Argentina establecer parámetros objetivos para estimar el valor esperado del juicio (“VEJ”). Estos parámetros deberían servir para calcular el valor económico de un juicio, en el entendimiento de que ese valor proporciona una variable fundamental para analizar la conveniencia de continuar el juicio hasta su conclusión o de transar la disputa y, en su caso, por qué monto. Diversos autores en los Estados Unidos —comenzando por FRIEDMAN, en 1969 y seguido luego POSNER y COOTER y ULEN, entre otros— han desarrollado un modelo teórico a efectos de estimar el VEJ. El modelo básico desarrollado por estos autores permite estimar el VEJ sobre la base de tres (3) parámetros: (i) el resultado percibido como más probable del juicio (“P”); (ii) el monto comprometido en la disputa (“I”); y (iii) los costos de litigar (“C”). De este modo, el valor que el actor espera ganar en el juicio puede determinarse mediante la fórmula <<VEJa = Pa . Ia – Ca>>; mientras que el valor que el demandado espera perder en el juicio puede determinarse mediante la fórmula <<VEJd = Pd . Id + Cd>>. A efectos de comparar el VEJ con la alternativa de transar la disputa, los autores incorporan como cuarto elemento el costo del acuerdo de transacción (“A”). Este costo sería ahorrado si las partes optaran por continuar el litigio. Por ende, en el modelo es incorporado como un componente que se resta de los costos del litigio. De esta manera, en términos generales los autores tienden a coincidir en que existe una zona de negociación cuando <<Ia . Pa – (Ca - Aa) ≤ X ≤ Id . Pd + (Cd - Ad)>>. La estimación del VEJ no es un fenómeno estático, sino dinámico, pues debe ajustarse a medida que actúan las partes y se obtiene mayor información sobre los elementos determinantes de la estimación. En este trabajo se demuestra que es posible determinar el VEJ de un juicio que tramite o vaya a tramitar en Argentina utilizando como referencia el modelo desarrollado en los Estados Unidos. No obstante, la aplicación en Argentina de ese modelo requiere tener en consideración ciertas limitaciones y particularidades. La no obligatoriedad de los precedentes judiciales podría dificultar la predicción sobre el modo en que resolverá un juez. Existen dificultades también para estimar con precisión cuáles serán los costos del litigio, y las reglas de distribución de estos costos impiden saber de antemano cuál de las partes deberá pagarlos. Por otro lado, la inestabilidad macroeconómica del país, con recurrentes devaluaciones y procesos inflacionarios, dificultan la estimación del efecto que tendrá el paso del tiempo en los valores involucrados en el reclamo.
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10908/16466
dc.languagespa
dc.publisherUniversidad de San Andrés. Departamento de Derecho
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.titleValuación de juicios : ¿es preferible litigar o acordar una transacción?
dc.typeTesis
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesis
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de maestría
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/updatedVersion
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[P][W] M. Der. Fernando Manuel Alemany.pdf
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