Criterios de independencia de los síndicos abogados en las sociedades emisoras de valores negociables : necesidad de una reforma

Date
2020-03
Authors
Antico, Luciano Manuel
relationships.isContributorOfPublication
Arecha, Tomás
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Publisher
Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho
Abstract
La independencia del órgano de fiscalización de las sociedades resulta fundamental para el funcionamiento eficaz de dicho órgano; máxime para las sociedades que listan sus valores negociables en el mercado de capitales, en las cuales se encuentra involucrado el ahorro público. La Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 exige la independencia de todos los miembros de dicho órgano. Las normas de la Comisión Nacional de Valores, a la hora de definir la referida independencia de los miembros de la sindicatura, remiten a las resoluciones técnicas de la Federación Argentina de Colegios Profesionales de Ciencias Económicas. Ahora bien, pueden ser síndicos societarios no solo los contadores públicos sino también los abogados. Las referidas resoluciones técnicas no contemplan el ejercicio de ésta profesión en particular; especialmente, el caso de los abogados que ejercen simultáneamente en la compañía el rol de apoderados o asesores letrados. Bajo este marco, se presentan una serie de propuestas y alternativas para la consecución de la mentada independencia de los síndicos societarios de las sociedades que realizan oferta pública de sus valores negociables, contemplando particularmente el caso de la antedicha profesión.
Description
Fil: Antico, Luciano Manuel. Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho; Argentina.
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