¿Puede el delito de evasión tributaria ser ilícito precedente del delito de lavado de dinero?

Date
2022-02
Authors
Chionetti, María Belén
relationships.isContributorOfPublication
Córdoba, Fernando Jorge
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Publisher
Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho
Abstract
En el derecho argentino ha sido objeto de debate, desde la implementación del delito de lavado de dinero en el Código Penal hasta la actualidad, si el delito de evasión tributaria puede ser considerado hecho precedente de aquél. Si bien en nuestra legislación no se incorporó una enumeración taxativa de los delitos precedentes a partir de los cuales se puede configurar el delito de lavado de dinero, lo que da a entender que todos pueden serlo, de ello, sin embargo, no se sigue sin más que sea fácticamente posible que el delito de evasión tributaria pueda ser precedente del delito de lavado de dinero. Muchos autores han escrito al respecto y han sostenido posturas tanto a favor como en contra de que sea considerado así. En este trabajo, luego de exponer esas posturas, sostendré y fundamentaré por qué el delito de evasión tributaria no puede ser considerado hecho precedente del delito de lavado de dinero, fundamentalmente porque el delito de lavado requiere, como elemento constitutivo, que los bienes a los que se le pretende dar un origen lícito provengan de una actividad ilícita y considero que el dinero que el evasor deja de ingresar a las arcas del Fisco no proviene de una actividad de ese tenor.
Palabras claves: Delito de evasión tributaria – Delito de lavado de dinero – Dinero evadido - Hecho precedente – Elemento “proveniente”.
Description
Fil: Chionetti, María Belén. Universidad de San Andrés. Departamento de Derecho; Argentina.
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